La prima de este seguro varía en función de las características del edificio, como el año de construcción y el año de reforma de las instalaciones, entre otros factores. No obstante, suele oscilar entre los 60 y los 100€ anuales por vivienda.
El seguro para una comunidad de propietarios es un seguro multirriesgo que se encarga de proteger el patrimonio de una comunidad de propietarios. Cubre los elementos comunes de la comunidad (edificio, instalaciones…) pero también se pueden asegurar los elementos privativos de cada vivienda, como por ejemplo las tuberías interiores.
Cada Comunidad Autónoma tiene sus propias normativas en relación a las comunidades de propietarios, lo que hace que en algunas comunidades este seguro sea de carácter obligatorio.
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Coberturas habituales del seguro para una comunidad de propietarios
- Incendio, explosión y caída de rayo. Cubre los daños que sean ocasionados como consecuencia directa de estos fenómenos. También se puede añadir a mayores los daños eléctricos.
- Servicio de asistencia 24 horas para urgencias.
- Daños por agua. Es el siniestro más común. Para que te hagas una idea, las aseguradoras reparan más de 854.000 siniestros por agua en comunidades de propietarios.
- Fenómenos atmosféricos. Esta cobertura incluye lluvia, viento, pedrisco y nieve. Cada compañía aseguradora establece sus claúsulas en el condicionado general del seguro. Por ejemplo, para que un siniestro tenga cobertura por daños por viento, la velocidad de este debe ser superior a x km/hr.
- Robo en las zonas comunes del edificio.
- Daños estéticos. Además de reparar el daño causado, esta cubertura se hace cargo de los daños indirectos, para conseguir la coherencia estética que tenía el edificio antes de producirse el siniestro.
- Rotura de cristales. Cubre las ventanas de la fachada así como las puertas comunitarias.
- Responsabilidad Civil, es decir, las daños que sean causados a un tercero. Por ejemplo, si una persona se cae por las escaleras y reclama a la comunidad de propietarios.
- Control de plagas. Normalmente se incluyen una o dos al año.
- Defensa Jurídica. La aseguradora se hace cargo de los gastos derivados de la intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, siempre y cuando tenga relación con un siniestro amparado en póliza. Además, también presta servicios de asistencia jurídica.
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