El seguro de hogar para una vivienda en alquiler no es obligatorio, tal y como ocurre con otros seguros, aunque sí es muy recomendable. Independientemente de ser el arrendador o el arrendatario, existen tres modalidades de coberturas, además de todos aquellos complementos que se quieran añadir en función de nuestras necesidades.

 

1. Protección del Continente

El continente son aquellos elementos estructurales y cimentación del inmueble: los suelos y techos, paredes, instalaciones eléctricas, tuberías, etc.

El propietario tiene la obligación legal de conservar la vivienda en un estado óptimo para el disfrute del alquiler. Por lo tanto, será interesante para este contratar un seguro que le ampare ante posibles reparaciones futuras sin tener que desembolsar una gran cantidad de dinero.

Puede suceder que el inquilino decida hacer reformas en el domicilio. En este caso, será el responsable en contratar un seguro después de invertir en ese hogar, por el mismo motivo que el anterior.

 

2. Protección del Contenido

Se trata de todos los componentes que se encuentran en la vivienda. De esta forma, podemos encontrar desde muebles y electrodomésticos hasta objetos más personales como ropa o dispositivos electrónicos.

En este caso, la parte afectada para garantizar la seguridad del contenido pueden ser ambas. Si el dueño alquila la vivienda amueblada con el fin de dar mayor valor al alojamiento, le interesará asegurar las pertenencias. Por el contrario, si el arrendamiento no incluye el equipamiento, serán los inquilinos los preocupados en salvaguardar sus bienes.

En cualquiera de los casos, es conveniente contar con un seguro que proteja ante cualquier posible robo o pérdida, así como males mayores tales como incendios o inundaciones.

 

3. Responsabilidad Civil de la vivienda

Es importante tener en cuenta que el seguro del hogar solamente cubre al tomador del mismo. Por ello, es conveniente asumir el coste de un seguro de responsabilidad civil por los posibles daños causados a terceros, indistintamente si se debe a acciones nuestras o deterioros de la propia vivienda.

Aunque el arrendador no vaya a disfrutar de la edificación, puede evitar tener que pagar una cuantiosa derrama si su vivienda provoca algún tipo de deterioro. Por ejemplo, un incendio en una vivienda colindante.

El inquilino, por ser el que se beneficia del uso y disfrute de la casa, tiene mayor probabilidad de producir algún daño, tanto a la propia estancia como a otros. Por ejemplo, producir un incendio en la cocina por un mal uso de la misma.

 

En conclusión, contar con un seguro de hogar en una vivienda de alquiler es una garantía. Pide ahora tu presupuesto de seguro de hogar de Polizaplus.com sin compromiso.

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